lunes, 5 de octubre de 2009

Para Público las leyes zapaterinas son superiores a los derechos de las personas.

Me entero via Elentir de esta basura espetada por el ya famoso diario Público. En el, aparte de los insultos del tipo ultracatólicos, se insulta de manera flagante la inteligencia de sus lectores.

Pone: En España este derecho está regulado en la Constitución sólo para temas relacionados con lo militar . FALSO

Artículo 16 de la Constitución española: La objeción de conciencia forma parte del contenido del derecho fundamental a la libertad ideológica y religiosa reconocido en el art. 16.1 de la Constitución y, como ha indicado este Tribunal en diversas ocasiones, la Constitución es directamente aplicable, especialmente en materia de derechos fundamentales.

El resto del artículo está recubierto de pura demagogia - Estos grupos lo utilizan como disculpa para bloquear unas determinadas leyes porque han sido dictadas por un gobierno distinto a sus ideas - (como si fuéramos a cambiar si dijera el PP), ir con medias tintas - llamar a los abortos ''interrupciones del embarazo'' - y sorpréndanse petición de regular la libertad de conciencia. ¿Acaso es esto una dictadura o qué?.

Señor Roures, ya sé que es usted un totalitario y lo reconoce, pero haga que sus becarios se documenten un poco más, más que nada para quemarnos un poco tirándole abajo sus argumentos. Es que así se caen solos.

P.D: Si tal os recuerdo esta sentencia del tribunal constitucional:

La vida humana es un devenir, un proceso que comienza con la gestación”, y que “la vida del nasciturus, en cuanto éste encarna un valor fundamental -la vida humana- garantizado en el art. 15 de la Constitución, constituye un bien jurídico cuya protección encuentra en dicho precepto fundamento constitucional.

¿Se enteran?

5 comentarios:

Ian Curtis dijo...

En España este derecho está regulado en la Constitución sólo para temas relacionados con lo militar . FALSO

Artículo 16 de la Constitución española: La objeción de conciencia forma parte del contenido del derecho fundamental a la libertad ideológica y religiosa reconocido en el art. 16.1 de la Constitución y, como ha indicado este Tribunal en diversas ocasiones, la Constitución es directamente aplicable, especialmente en materia de derechos fundamentales.


Umm... no es tan fácil. En la judicatura no hay una opinión unánime sobre el tema, pero es mayoritaria la visión de que sólo existen los casos concretos de objeciones de conciencia que estén desarrollados por ley. Lo contrario daría pie, y ahí les tengo que dar la razón, a que se pudiera implantar un estado de desobediencia civil general ante la ley que no le gustara a cada uno. Y no, esto no es dictatorial; la CE es una norma estatista, eso ya lo sabemos, no es liberal, pero es constitución normal en el ámbito europeo.
No me gusta tener que defender el positivismo jurídico, pero en esto soy positivista.

Melvin dijo...

Para el progrerío, los derechos no pertenecen a los individuos como tales sino solamente si el poder político los reconoce o los “crea”.

O son unos manipuladores o, simplemente, unos ignorantes que pretenden dárselas de “juristas” ante los ávidos lectores habituales de “Público”, dado el nivel de los mismos. Sobre la cuestión acerca de si puede ser ejercitada o no la objeción de conciencia pese a no estar expresamente establecida por ley, el Tribunal Constitucional, en su sentencia de 11 de abril de 1985, por ejemplo, manifiesta que “por lo que se refiere a la objeción de conciencia, existe y puede ser ejercida con independencia de que se haya dictado o no tal regulación. La objeción de conciencia forma parte del contenido del derecho fundamental a la libertad ideológica y religiosa reconocido en el art. 16.1 C.E y, como este Tribunal ha indicado en diversas ocasiones, la Constitución es directamente aplicable, especialmente en materia de derechos fundamentales”.

La Ley no está por encima de los derechos fundamentales, su misión no es limitarlos sino protegerlos. En este caso, considerar que el aborto es una agresión mortal a una vida humana inocente es algo que entra dentro de la libertad de conciencia de cada uno.

Lo del insulto flagrante a la inteligencia de los lectores de “Público” no es algo de lo que haya que preocuparse mucho. Ese panfleto y sus lectores (los que lo leen en serio y se lo creen, entiéndase) se merecen mutuamente los unos a los otros.

Thorshavn dijo...

Querido D, es un auténtico placer para la vista y la mente leer tus artículos, de una calidad de redacción excelente y una claridad en los contenidos más que meridiana. Con más juventud así otro gallo cantaría en esta basura de país en la que se está convirtiendo España.

Si es que paisano tenías que ser, carallo...

Epiro dijo...

Yo es que a ese periódico le llamo el Granma, porque me parece redactado por los macacos de Castro.

El país también es más que cuestionable, pero por lo menos guardan algo más las formas.

Estos tíos son los típicos petardos que dan la paliza con las doctrinas marxistas (algunos ni se las han leído) pretendiendo hacer creer que dicen la verdad absoluta.

En cuanto a sus conocimientos jurídicos sólo decir que están a la altura de su sapiencia política.

Natalia Pastor dijo...

Sucribo el comentario de Melvin, que pone el dedo sobre la realidad y el trasfondo de este asunto: para la caterva progre los derechos no pertenecen a los individuos como tales sino solamente si el poder político los reconoce o los “crea”.

Tenemos el ejemplo del aborto, que por mor de Zapatero ha pasado de ser un delito a ser un derecho privativo de la mujer.